06/08/2020 Enlaces:
  El Municipio acordó pagar el Juicio por el caso del joven mutilado por la garita  
 


El Municipió afrontará el pago a Amarilla: falta repetir contra los responsables

El Concejo Deliberante de Villa Gesell homologará este viernes un acuerdo de pago con Ramón Amarilla, por dos daños sobrevinientes luego de que el 25 de diciembre de 2012 sufrió mutilaciones en miembras por la caida de una garita que el Municipio había construido sin planos y sin profesionales responsables.

El Concejo homologará un acuerdo firmado entre el Municipio y Amarilla, luego de que la Municipalidad sufriera dos reveses judiciales en primera y segunda instancia, que por el paso del tiempo encarecieron aun más la suma final a a abonar.

Desde la oposicion política y desde el año 2012 se fueron generando planteos en contra de las garitas construidas en el año 2012 mediante el plan “Argentina Trabaja”, no solo por el alto costo, sino que porque no tuvieron planos constructivos ni profesional responsable del diseño arquitectonico y calculo estructural. Las garitas comenzaron a venirse abajo: la primera se cayó en marzo del 2012 en la Carmencita, y pese a las advertencias sobre la falta de anclaje suficiente el Municipio no las retiró. El 25 de diciembre de 2012 en Boulevard y 133 una de las garitas cayó sobre la humanidad de Ramón Amarilla. El momento dramatico fue vivido por los propios vecinos que con criques de automoviles liberaron al joven del aplastamiento.

Desde allí, el Municipio - con Jorge Rodriguez Erneta como intendente y Luis Castellani como responsable de Obras del Municipio - nunca admitió el error, y fue la Justicia finalmente en un planteo realizado por los entonces Concejales del Radicalismo, que ordenó demoler las garitas.

Ya con el ahora intendente Gustavo Barrera como presidente del Concejo, desde el cuerpo colegiado se negó sistematicamente a echar luz sobre las actuaciones, no solo derivadas de las graves consecuencias para Amarilla, sino del enorme gasto que implicaron la construccion de las garitas, los posteriores apuntalamientos y finalmente los cargos de demolicion.

El reclamo civil de Ramón Amarilla fue presentado en el Juzgado Contencioso Administrativo de Dolores, que en agosto del año pasado y con la firma del El Juez Marcelino Escobar condenó a la Municipalidad de Villa Gesell al pago de una suma de alrededor de 6 millones de pesos, mas las actualizaciones.

En su sentencia, el Juez Esconbar señaló que "Las deficiencias técnicas en la construcción del refugio ...constituyen un factor determinante para el acaecimiento del siniestro"; para luego hacer un duro reproche a la Municipalidad al señalar que "La demandada, se ha desentendido completamente del problema, generado por ella misma, ya sea por la deficiente construcción de las estructuras, ya sea sobre la falta de supervisión de las cooperativas a quienes contrataron y encomendaron las obras y/o por no efectuar un control acorde de las construcciones antes de habilitarlas para el uso del público, cerciorándose, de que estuvieran bien construidas, y no constituyeran un peligro para los usuarios".

En los fundamentos se deja de manifiesto que “.. no hubo estudios tecnicos suficientes para garantizar la estabilidad de las construcciones, sobre todo lo referido a la estabilidad del suelo..”, y que “..asimismo se desprende que las fundaciones no fueron suficientes para soportar la estructura, y que no existe documentacion previa a la ejecucion de los refugios que detrminen el estudio y calculo de las cargas de las construcciones objetadas..”

El juez determina en su sentencia una indemnizacion basada en cinco puntos: Gastos por adquisición de prótesis, reposición de materiales nobles y mantenimiento: $ 1.040.000; Gastos por traslados futuros $ 30,000; Disminución capacidad psicofísica incapacidad sobreviniente $ 2,000,000; Daño psíquico $ 200.000; y Daño moral- Proyecto de vida y agravamiento por disminución estética. $ 2.500.000. El magistrado señala que este calculo es al momento del hecho, el 26 de diciembre de 2012 y debe ser actualizado.

En esa oportunidad, desde Cambiemos reclamaron no seguir dilatando el tema y llegar a un acuerdo, cuestion que el barrerismo no hizo, y fue en apelación a la Cámara Contencioso Administrativo de Mar del Plata. La alzada volvió a fallar de forma similar; y esta confirmación de la Concena hizo cambiar de pareceres a la Administración Barrera, que decidió hacer frente al pago.

Queda por delante las acciones de repeticion que la legislacion establece a través del “principio de responsabilidad de los funcionarios municipales por todo acto que autoricen, ejecuten o dejen de ejecutar excediéndose en el uso de sus facultades o infringiendo los deberes que les conciernen en razón de sus cargos”, y las medidas a tomar para proteger el erario público.

Autor de la nota: amadeo Escribir a Concejales Juntos Compartir  

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